Un Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito modificó la medida cautelar para el ex procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, permitiéndole enfrentar sus procesos penales bajo prisión domiciliaria.
Durante una sesión pública y por mayoría de votos, el Tribunal resolvió el recurso de revisión incidental 28/2024, favoreciendo a Murillo Karam, acusado en la causa penal 41/2023. Dadas su enfermedad y avanzada edad, se consideró que no existe riesgo de fuga, permitiendo así su permanencia en domicilio.
Inicialmente, el juez de Distrito concedió la suspensión, pero no con los efectos requeridos por Murillo Karam, lo que llevó a la revisión incidental. El Tribunal argumentó que el Código Nacional de Procedimientos Penales permite la prisión domiciliaria en casos de imputados mayores de setenta años o con enfermedades graves.
CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL
Se destacó que Murillo Karam, ex procurador y mayor de setenta y cinco años, padece una enfermedad grave, aspecto no rebatido por la fiscalía. El Tribunal indicó que la medida no significa libertad, sino un cambio en el lugar de reclusión, basado en el riesgo de fuga y las circunstancias personales del imputado.
RESOLUCIÓN FINAL
El Tribunal dictaminó que el juez de control debe considerar la prisión domiciliaria para Murillo Karam, estableciendo las condiciones necesarias para asegurar su cumplimiento, mediante un debate en audiencia pública.